viernes, 20 de agosto de 2010

LEGISLAR SOBRE EL AGUA ES LEGISLAR SOBRE A LA VIDA


ACTA DE LA SESIÓN PLENARIA N.º 32.
Lunes 21 de junio, 2010

Legislar sobre el agua es legislar sobre la vida, es legislar sobre la salud de los costarricenses, es evitar los conflictos, como ya los estamos viendo en el centro de África y como recientemente los hemos vivido en Costa Rica en el tema de Sardinal y playas del Coco. Legislar sobre el agua puede también entenderse como legislar en negocios sobre una mercancía, y ahí el riesgo de legislar aumenta.

En Costa Rica, lamentablemente, venimos arrastrando algunas deformaciones conceptuales desde hace muchos años en materia de recurso hídrico. Para quienes ya peinamos canas y nos enseñaron en la escuela primaria que el agua era un recurso inagotable, hoy nos resulta risible esa afirmación, porque déjenme decirles que de cada cien gotas de agua que disponemos en el mundo, noventa y siete son saladas; dos están congeladas en los polos y, por lo tanto, de cada cien gotas de agua el mundo de hoy solo dispone una gota dulce y, en teoría, limpia para consumo humano y resolver las necesidades de las sociedades humanas.

Si solo nos queda una gota y realmente asumimos que hay procesos de deterioro en la calidad, cantidad y continuidad del recurso, realmente no tenemos toda esa gota de agua. Por lo tanto, hoy más que nunca, hoy más que nunca es necesario que pensemos a profundidad sobre la importancia del recurso hídrico para resolver los problemas del consumo humano, el riego, la hidroelectricidad, los procesos industriales, desde un beneficiado de café hasta una fábrica que necesita enfriamiento y transportar productos con agua; en su proceso de producción, las necesidades de navegación, el desarrollo turístico y vale decir el embotellado del recurso como tal.

El problema, el problema, no es legal, el problema es cómo conciliar todos esos usos en forma equilibrada, ojalá equitativa, ojalá rentable y ojalá socialmente aceptable. Ese es el problema.

¿Y cómo lo hemos resuelto los costarricenses? Lo hemos resuelto con una Constitución que enmarcó muy bien el espíritu del legislador en aquellos años, que nos ha permitido, entonces, el consumo humano, el riego, la hidroelectricidad, el turismo, la navegación, la industrialización, más recientemente el embotellado, etcétera, sin una competencia desequilibrada, sin llegar a guerras por el agua y sin tener, realmente, conflictos fuertes por el acceso al recurso, a pesar y muy a pesar de que, también, arrastramos un problema técnico.

Este es un país en el que todos asumimos que hay agua suficiente o que no hay agua suficiente, lo asumimos porque no se cuenta con un balance hídrico y porque este balance hídrico no ha sido posible calcularlo para las treinta y cuatro cuencas hidrográficas mayores del país. Por lo tanto, todo lo que se diga en términos de que hay recurso o no hay recurso, es mera especulación.

Hoy, la Constitución Política de Costa Rica ha resuelto el problema por la vía de la figura de la concesión. Y es que para todos los usos, en teoría, alcanza el recurso; bajo el dominio y la tutela del Estado, se ha estado concesionando.

Un factor más a considerar es que no es bueno que si tenemos una ley de aguas de 1942, que, a pesar de ese gran vacío legal y de las leyes secundarias, como bien mencionaba el diputado Cubero, a pesar de los problemas y los vacíos que tenemos en las leyes secundarias y la ausencia de una ley de aguas, hemos podido ir resolviendo el problema. Esto nos hace intuir que el recurso alcanza para todos los usos y para todos los sectores de nuestra sociedad.

En mi criterio, no es bueno que manoseemos la Constitución con estos temas. En mi criterio, este es un tema país, este es un tema en el que necesitamos reflexionar más, darnos un poquito más de tiempo, analizarlo más a profundidad y, por el momento, mantener el apartado a) del inciso 14) del artículo 121 de nuestra Constitución tal cual.

Aquí, en el Parlamento, después de un mes de escucharlos, estoy seguro que todos defendemos el recurso hídrico, pero, también, es importante que entendamos y recalquemos que los principales obstáculos no están en la Constitución, los principales obstáculos de acceso, de uso y de regulación del recurso hídrico están en problemas de las leyes secundarias, y como bien ha sido señalado aquí, en problemas del orden institucional. Es ahí donde debemos enfocarnos en el futuro con mucha prontitud y con mucha profundidad.

Y, por todo lo anterior, es que yo invito, respetuosamente, a las señoras diputadas y señores diputados para que mantengamos el apartado a), inciso 14) del artículo 121 de la Constitución tal cual está hoy.

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